El sobreendeudamiento y su protección en la ley de defensa del consumidor

Cobranza Estratégica

En la sociedad de consumo, existen elementos que forman una trampa irresistible, del cual el simple consumidor no puede sustraerse. En tal contexto surge la problemática del sobreendeudamiento de los consumidores como una de las consecuencias de la sociedad de consumo, lo cual significa que el sujeto ha sobrepasado su capacidad de repago.

Ahora bien, la existencia del sobreendeudamiento financiero implica la ausencia de información sobre el nivel de endeudamiento del sujeto. Es por ello, que el art. 36 de la Ley de Defensa del consumidor, que da un marco de protección más intenso que el propio Código Civil, pone en cabeza de los bancos o entidades financieras el deber de información sobre las condiciones particulares de la financiación, lo que funciona como prevención del sobreendeudamiento, estimulando al consumidor a ser consciente de su capacidad para afrontar las deudas que contraiga.

En los otorgamientos de crédito para la adquisición de cosas o servicios, se requiere:

A. La descripción del bien o servicio objeto de la contratación.

B. Su precio de contado.

C. El montoinicial a desembolsar y el monto financiado.

D. La tasa de interés anual.

E. El costo financiero total.

F. El sistema de amortización de intereses.

G. La cantidad, periodicidad y monto de los pagos a realizar.

H. Los gastos extra o adicionales si existieren.

Ahora bien, dicha protección trae aparejada una sanción en caso de incumplimiento de la entidad bancaria o financiera, y no es ni más ni menos que la nulidad parcial o total del contrato a favor del consumidor, pudiéndose alegar la configuración de un estado de necesidad y permitir así la aplicación de la figura de lesión subjetiva ante una eventual desproporción.

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